FSC-CCOO Murcia | 25 abril 2024.

CCOO VIGILARÁ Y CONTROLARÁ QUE LOS RETRASOS PRODUCIDOS POR LA HUELGA DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA NO REPERCUTA EN UNA NUEVA SOBRECARGA DE TRABAJO PARA LOS CUERPOS GENERALES

    La huelga de Letrados de la Administración de Justicia pone de manifiesto la necesidad de que el Ministerio de Justicia acepte,de una vez, una de las reivindicaciones históricas de CCOO: Que se reconozca profesional y retributivamente como propias las funciones y tareas que realmente realiza el personal de los cuerpos generales (gestión, tramitación y auxilio) y que, por tanto, deben ser negociadas y revisadas las que la Ley atribuye a cada cuerpo, incluidas las del cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.  

    12/02/2023.
    Ministerio de Justicia

    Ministerio de Justicia

    CCOO EXIGIMOS al Ministerio de Justicia que se deje de reformas caprichosas einnecesarias como las de la LEY DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA que ponen en riesgo lamovilidad voluntaria, los destinos, las retribuciones y los derechos laborales, y se ponga aresolver los verdaderos problemas de la Administración de Justicia, entre los másimportantes, la falta de personal y de reconocimiento profesional a quienes estamostrabajando por encima de nuestras obligaciones funcionales.

    El Ministerio se ha negado a negociar con los sindicatos las funciones reales de cada uno de loscuerpos funcionariales y su reconocimiento y retribución como propias. Sin embargo,recordemos que el Ministerio sí ha negociado, aunque lo niegue, con las asociacionesprofesionales de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) condiciones de trabajo que se niega a negociar con los sindicatos y areconocer al resto de cuerpos, a pesar de que la Constitución Española ampara en exclusiva alas organizaciones sindicales representativas, que obtienen su representación legalmente enlos procesos de elecciones sindicales, como las únicas legitimadas para ejercer el derecho a lanegociación colectiva.

    CCOO no pone en cuestión que los LAJ tienen derecho a presentar sus reclamaciones a travésde la huelga, que es un derecho de todas las personas trabajadoras, sino todo lo contrario,desde CCOO defendemos el derecho de huelga de cualquier colectivo.

    Pero una huelga consiste en movilizarse y no asistir al trabajo. Lo que no pueden hacer los/asLAJ es pretender, cuando están en huelga, que el personal del resto de cuerpos de susjuzgados dejen de hacer las tareas que vienen haciendo habitualmente, aunque no lescorrespondan, y por las que no les pagan, y cuando se termine la huelga que hagan de nuevotareas que son del/la LAJ. Son inadmisibles las instrucciones y órdenes en este sentido quetratan de ningunear la profesionalidad y la responsabilidad de los trabajadores/as de loscuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.

    El Servicio Público de la Administración de Justicia y las condiciones de trabajo de quienestrabajamos en ella solo mejorarán si todos y todas remamos en la misma dirección; sincorporativismos, sin privilegios, sin enfrentamientos estériles. Por eso CCOO, vuelve a exigiral Ministerio de Justicia, mejoras retributivas y reconocimiento profesional, redefiniendo paraello de forma negociada las funciones de cada cuerpo, incluidas las del cuerpo de LAJs, paracoincidan con las que realmente se realizan.

    Cuando finalice la huelga, desde CCOO no vamos a permitir que se repercuta en lostrabajadores/as de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, la carga de la recuperaciónde los retrasos motivados por la huelga. Por esto solicitaremos del Ministerio la convocatoriade Mesa Sectorial en la que pueda negociar entre otros los siguientes puntos:

    • Implantación de un Plan de recuperación para poner al día los Juzgados y afrontar lasobrecarga de trabajo sobrevenida, por los retrasos y suspensiones ocasionados por lahuelga de LAJ. En este sentido, no permitiremos que los acuerdos que empiezan a adoptardiferentes órganos de Gobierno como el TSJ de Murcia, donde se propone como medida parapaliar los retrasos ocasionados por la huelga la adscripción excepcional de magistradossuplentes y jueces sustitutos, se impongan sin exigir al Ministerio que en los planes decontingencia se incluyan refuerzos y autorefuerzos (extensiones de jornada voluntarias) paralos cuerpos generales, con la correspondiente compensación retributiva.

    Se afronte de una vez por todas, la negociación sobre las mejoras retributivas yreconocimiento profesional, redefiniendo para ello de forma negociada las funciones decada cuerpo, incluidas las del cuerpo de LAJ,  para coincidan con las que realmente serealizan. Incluyendo conceptos como CARRERA PROFESIONAL o SUSTITUCIONES RETRIBUIDAS,que se negocian para algunos colectivos mientras se hurtan a la mayoría de la masatrabajadora de la Administración de Justicia.

    Cuando finalice la huelga, desde CCOO no vamos a permitir que se exija a lostrabajadores/as de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, querealicemos tareas que no nos corresponden sin ningún reconocimientoprofesional y económico. Tampoco permitiremos que se pretenda presionar oimponer a los/as trabajadores/as la carga de la recuperación de los retrasosmotivados por la huelga.