FSC-CCOO Murcia | 27 abril 2024.

CCOO exige seguridad para las personas conductoras afectadas por el conflicto de la agricultura en Francia y no aumentar su fatiga

    El Gobierno se alinea con las empresas de transporte de mercancías y el lobby del Comité Nacional del Transporte por Carretera para que las personas conductoras conduzcan más horas seguidas y con menos tiempos de descanso, sin contacto ni comunicación alguna a los sindicatos. 

    05/02/2024.
    Transporte

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    La Dirección General de Transporte por Carretera ha cambiado de titular, pero sigue alineada con el CNTC y vetando la participación sindical y el diálogo social. Los sindicatos nos enteramos por el BOE de modificaciones legales que afectan a las y los trabajadores. Así justifica esta dirección general su Resolución publicada el 1 de febrero:

    Las protestas de los agricultores franceses contra el gobierno galo de los pasados días han provocado retenciones y cortes en las carreteras francesas y en la frontera con España, afectando al normal funcionamiento de determinados flujos de mercancías que cruzan a diario por Irún y La Junquera, así como al tránsito realizado por camiones españoles dentro del territorio francés. A fin de mitigar los efectos que se pueden derivar de lo anterior, es necesario establecer, a nivel nacional, una serie de excepciones temporales.

    Exceptuar temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías afectadas por estas circunstancias del cumplimiento de las normas establecidas en los siguientes artículos del Reglamento n.º 561/2006: 

    Artículo 6.1: sustituir el límite de conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas. Artículo 6.2: sustituir el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60.

    Artículo 6.3: sustituir el límite de conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 102.

    Artículo 8.1: reducir los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas. 

    Artículo 8.6: posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso semanal normal; o la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis períodos de 24 horas.

    El Reglamento 561/2006 que se modifica es el que establece los límites de conducción y descanso para mejorar las condiciones de trabajo y la seguridad vial en Europa. Con esta actuación, el Ministerio de Transportes prima la rentabilidad del transporte de las mercancías sobre la seguridad vial y la de los conductores/as ya que entiende que la seguridad y salud de las personas trabajadoras y la seguridad vial hay que adaptarlas a los flujos de mercancías y a los intereses económicos de las empresas de transporte

    ¿Se puede conducir con seguridad un vehículo pesado con la tensión correspondiente que se sufre expuesto a retenciones, amenazas y hostigamiento 11 horas al día, 60 horas en una semana? Esperamos que no ocurra ningún accidente, porque sabemos que la fatiga mata.

    Exigimos que la vuelta a casa de los conductores y conductoras afectadas por el conflicto se realice en condiciones de seguridad y no de riesgo extremo y precariedad como acaba de autorizar el Ministerio, por lo que solicitamos públicamente la derogación de esta resolución.